`Nueva ley de la UE sobre el origen de los productos agrícolas - Olive Oil Times

Nueva Ley de la UE sobre los orígenes de los productos agrícolas

Por Virginia Brown Keyder
17 de diciembre de 2012 21:22 UTC

A Wall Street Journal intento de humor contenido en un artículo de 2009, "English Village intenta extraer una conexión con su pasado cursi "(1) es una buena indicación del grado de malentendido y posiblemente burla de los comentaristas estadounidenses sobre el sistema de protección de la Unión Europea (UE) "Indicaciones geográficas (PDI) y Denominaciones de origen (PDO), y Especialidades tradicionales garantizadas (TSG) '.

Para aclarar, consolidar y actualizar la forma claramente europea de propiedad intelectual (PI) abordada en el artículo del WSJ, la UE ha publicado en el Diario Oficial del 14 de diciembre de 2012 un nuevo Reglamento que entrará en vigor a principios de enero de 2013 (2) . El Reglamento reviste una importancia considerable no solo para el sector del aceite de oliva, sino también para una gama ampliada de productos que ahora pueden acogerse a la protección. (3)

Así como la introducción de la práctica de enlatado y embotellado dio lugar al uso de la marca a fines del siglo XIX.th siglo, por lo que la facilidad con la que se puede garantizar la providencia precisa del aceite de oliva a través de métodos científicos avanzados es ahora la base de una importante herramienta de comercialización.

Esto es particularmente importante para la UE, dada la creciente demanda de productos agrícolas europeos de alta gama y alimentos especiales entre, al menos, el nivel superior de una banda creciente de consumidores mundiales hambrientos de gustos documentados y el estado que viene con el conocimiento y el consumo. de los aceites de oliva europeos. Además, la DOP y la IGP facilitan la trazabilidad y ayudan a promover el auge del turismo oleícola europeo.

El nuevo Reglamento deroga los anteriores Reglamentos separados (4) y los sustituye por una única fuente jurídica. También introduce protección para nuevos términos de calidad opcionales, como "productos de montaña 'y (en una fecha posterior) "productos isleños ». Establece nuevos requisitos de etiquetado, incluidos los obligatorios "Etiquetado de la UE y nuevas protecciones para los recursos naturales, los paisajes y el bienestar de los animales de granja asociados con los productos sujetos al esquema.

También establece procedimientos de verificación, control y oposición y aborda el cumplimiento de otras áreas de la legislación de la UE, incluida la legislación alimentaria y áreas específicas de etiquetado, como marcas registradas, términos genéricos y nombres de variedades vegetales. Requisitos de especificación del producto, incluido el nombre (que solo está protegido en los idiomas utilizados para describir el producto en el área geográfica definida); características físicas, químicas, microbiológicas u organolépticas; y también se exponen pruebas del origen del producto. El Reglamento prevé nuevos esquemas locales de etiquetado de agricultura y venta directa que se iniciarán en los próximos años.

El Reglamento es parte de un nuevo conjunto de iniciativas políticas incorporadas en "Europa 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador ” diseñado para "Proporcionar a los productores las herramientas adecuadas para identificar y promover mejor aquellos de sus productos que tienen características específicas al mismo tiempo que protegen a esos productores de prácticas injustas ".


Fuentes:

1. John W. Miller, Wall Street Journal, diciembre 9, 2009.

2. Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios OJ L 343/1, 14.12.2012.

3 Los productos no incluidos en la lista original de la Política Agrícola Común, pero ahora elegibles para la protección de este Reglamento incluyen cerveza, chocolate y productos derivados, pan, pastelería, pastelería, galletas, bebidas hechas de extractos de plantas, pastas, sal, gomas naturales y resinas, pasta de mostaza, heno, aceites esenciales, corcho, cochinilla, flores y plantas ornamentales, algodón, lana, mimbre, lino escocés, cuero, pieles y plumas. Los productos no incluidos en el Reglamento incluyen bebidas espirituosas, vino aromatizado o productos de vid, con la excepción del vinagre de vino.

4. Reglamento (CE) no 509/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre productos agrícolas y alimenticios como especialidades tradicionales garantizadas, y Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen para la agricultura. productos y alimentos.

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